Cancelaciones y reembolsos

Esta política forma parte de las condiciones de Nimbora Fiscal y estará disponible antes del pago. Proveedor: Ricardo Pérez Méndez, persona física que opera bajo el nombre comercial Nimbora Fiscal, con domicilio para notificaciones en Calle Prolongación Tepozanes, sin número exterior ni interior, colonia Dr. Jorge Jiménez Cantú, Tlalnepantla de Baz, Estado de México, C. P. 54190, entre Marina Nacional y Jesús del Monte. Reclamaciones: soportenimborafiscal@gmail.com.

3.1 Cancelar un intento o no renovar

Puede abandonar una orden no pagada; la referencia estará sujeta a su vencimiento. No se genera por ello una obligación de pagar otra compra. No hay cobros recurrentes: si no desea continuar, no necesita contratar la renovación. Puede solicitar la terminación del servicio por correo, con efecto inmediato una vez acreditada la titularidad cuando sea necesario; indique si desea terminar ahora o conservar el acceso hasta concluir el periodo pagado. Terminar el servicio y solicitar un reembolso son decisiones distintas. No renovar no genera penalización.

Cancelar una orden sin cargo no requiere comprar otra ni proporcionar una tarjeta. Si existe una referencia de efectivo o bancaria pendiente, el usuario debe dejar de utilizarla y revisar su vencimiento. Si posteriormente se acredita un pago relacionado, se conciliará para determinar la entrega o devolución que corresponda y evitar que el importe quede sin atención.

Desactivar una licencia en un equipo solo libera ese dispositivo y no equivale, por sí mismo, a solicitar la devolución del precio o la terminación definitiva de la licencia. Desinstalar el programa tampoco comunica automáticamente una reclamación. Quien desee terminar o solicitar devolución puede hacerlo directamente por los canales de atención, sin necesidad de usar términos técnicos determinados.

3.2 Revocación legal

Cuando resulte aplicable el artículo 56 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se reconoce el derecho a revocar el consentimiento sin responsabilidad dentro de cinco días hábiles contados desde la entrega del bien o la firma del contrato, lo último que ocurra, por un medio que permita acreditar la solicitud. En ese supuesto se reintegra el precio pagado conforme a la ley.

Ese artículo contiene una excepción para servicios cuya fecha de prestación esté a diez días hábiles o menos de la orden de compra. Su aplicación a una licencia de software con entrega o ejecución inmediata depende de la naturaleza y circunstancias de la contratación. No se presume que descargar o activar elimina todos los derechos; cualquier decisión se justificará de manera individual y no limita los derechos por falta de entrega, defectos, cobro indebido o incumplimiento.

La revocación debe distinguirse del incumplimiento. La primera se refiere al supuesto legal que permite dejar sin efecto la contratación en un periodo determinado; el segundo puede originar derechos aunque ese periodo haya transcurrido. Una negativa a revocar basada en una excepción no resuelve ni descarta una reclamación por un producto o servicio distinto al ofrecido.

La solicitud por correo conservará su fecha y contenido como elementos de acreditación. El proveedor deberá valorar el medio fehaciente utilizado, sin imponer exclusivamente una comparecencia física cuando la contratación se realizó por internet. Las excepciones legales no se extenderán a operaciones que no reúnan sus requisitos.

3.3 Cobros y fallas que deben aclararse

Se revisarán cargos duplicados, importes distintos a los aceptados, pagos confirmados sin entrega de la licencia, renovaciones o mejoras no aplicadas, y fallas imputables al proveedor que impidan obtener las funciones contratadas. La persona podrá exigir las soluciones que legalmente procedan, incluida corrección, cumplimiento, rescisión, devolución y, cuando corresponda, bonificación o compensación. La atención técnica no condiciona ni extingue esos derechos.

En cargos duplicados se identificarán los movimientos y las órdenes involucradas para devolver el exceso que proceda. En cobros por un importe diferente al aceptado se contrastará el resumen y el registro del procesador. En falta de entrega no será suficiente señalar que el correo fue enviado si la licencia no quedó accesible por un error atribuible al proveedor.

En una falla de funcionamiento se atenderán la reproducción del error y las condiciones técnicas ofrecidas. Una corrección puede ser una solución procedente, pero no deberá prolongarse indefinidamente para evitar una rescisión o devolución exigible. Si la función esencial contratada no puede prestarse por causa imputable al proveedor, deberán reconocerse los remedios legales aplicables.

Una reclamación sobre una compra parcial, renovación o mejora debe determinar qué parte de la operación está afectada y qué derechos continúan vigentes. No se cancelarán por extensión otras licencias independientes que se encuentren válidamente pagadas y no formen parte de la controversia.

3.4 Bonificaciones legales

En los supuestos previstos en los artículos 92 y 92 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se reconocerá la bonificación o compensación que corresponda, cuyo mínimo legal es de veinte por ciento del precio pagado conforme al artículo 92 Ter, sin perjuicio de los daños y perjuicios que procedan. No se sustituirá una devolución exigible por un cupón o saldo interno sin aceptación del consumidor.

La devolución del precio y la bonificación no son conceptos idénticos. La procedencia y cuantía de cada uno se determinarán conforme al supuesto legal actualizado, sin ofrecer el mínimo legal como si fuera un beneficio discrecional. Los días de cortesía de una promoción no sustituyen una bonificación legal exigible.

Un acuerdo de solución deberá expresar con claridad qué se devuelve, qué se corrige y qué conceptos quedan resueltos. No se exigirá una liberación genérica de hechos desconocidos o derechos irrenunciables como requisito para reintegrar un cargo reconocido como indebido.

3.5 Solicitud sencilla

Escriba a soporte con el folio, correo de compra, fecha, importe y descripción de lo ocurrido. Adjunte solo comprobantes necesarios, ocultando datos bancarios ajenos al caso. No se requieren contraseñas bancarias, códigos de seguridad ni e.firma. Si no encuentra el folio, se le ayudará a localizar la operación con datos suficientes para identificarla; no se rechazará automáticamente por esa omisión.

Si la solicitud la presenta una persona diferente del comprador, se verificará su representación o la relación con la operación. La verificación deberá proteger contra el desvío de dinero o entrega de licencias a terceros, sin solicitar datos excesivos ni acceder a cuentas personales del usuario.

No es necesario enviar toda la contabilidad de una empresa para reclamar un cobro. Bastarán los elementos pertinentes a la operación y, en una falla técnica, la evidencia mínima que permita investigar. Cuando una captura contenga datos de terceros, puede ocultar los que no sean relevantes.

3.6 Atención y respuesta

Se confirmará la recepción y se informará si hace falta documentación pertinente. La respuesta explicará los hechos revisados, la solución y su fundamento. Se respetarán los plazos legales aplicables; el procedimiento interno no los suspende ni acorta. Cuando resulte aplicable el artículo 93 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, se atenderá la reclamación en el plazo máximo de quince días previsto en ese artículo.

La respuesta distinguirá el resultado de la revisión del plazo en que se ejecutará la solución. Informar que un caso está en análisis no equivale a satisfacer una reclamación procedente. Cuando falte información se explicará su relevancia y no se utilizarán requerimientos repetidos o ajenos al problema para dilatar indebidamente la atención.

Los plazos especiales previstos para determinados supuestos no se convertirán en una caducidad general de todas las reclamaciones. El transcurso de un plazo comercial interno no puede reducir los derechos ni las acciones que la ley reconozca por un periodo diferente. La clasificación jurídica se determinará por la operación y los hechos, no únicamente por el nombre que se asigne al trámite.

3.7 Forma de devolver el dinero

Las devoluciones se tramitarán preferentemente al medio original mediante el procesador de pago. La persona recibirá constancia de la gestión y la referencia disponible. El tiempo de reflejo puede depender del banco y del medio utilizado; se informará el plazo comunicado por el procesador, sin trasladar al consumidor la obligación del proveedor de gestionar la devolución. Si el medio original no permite reintegrar, se acordará una alternativa segura y verificable, sin imponer cargos no autorizados.

El proveedor no solicitará el código de seguridad de una tarjeta para devolver un pago. Si se necesita una cuenta alternativa por imposibilidad acreditada del medio original, se verificará que corresponda al beneficiario autorizado y se informarán los datos mínimos necesarios para realizar el abono.

La solicitud de devolución al procesador y su efectiva acreditación pueden ocurrir en fechas distintas. Se facilitará la referencia que permita dar seguimiento y se investigará una demora que exceda el plazo informado. La existencia de una disputa no autoriza cobrar una segunda vez para “desbloquear” la devolución.

3.8 Efectos sobre la licencia

Si se devuelve íntegramente el precio y se deja sin efecto la operación, podrá cancelarse la autorización asociada a esa compra. En devoluciones de mejoras o renovaciones se informará qué vigencia y paquete subsisten. No se borrarán por esta causa XML ni archivos locales. La revocación de una licencia no autoriza conservar un pago cuya devolución sea procedente.

Antes de ejecutar una reversión de plan deberá informarse su alcance, especialmente si deja disponibles solo las funciones gratuitas. La devolución no permitirá retirar documentos propiedad del usuario ni impedir que conserve los comprobantes de la contratación y de la reclamación.

Si la solución consiste en corregir una vigencia o restituir una licencia, se proporcionará confirmación del estado resultante. La aceptación de esa corrección no implica automáticamente una renuncia a otros conceptos legalmente procedentes que no hayan quedado resueltos.

3.9 Situaciones que requieren valoración

Una interrupción externa del SAT o una falla del equipo del usuario no generan automáticamente responsabilidad del proveedor, pero tampoco justifican negar sin análisis una reclamación. Se revisarán la causa, la información técnica ofrecida y el cumplimiento del servicio contratado. El cambio de opinión fuera de un supuesto de revocación legal o de una oferta adicional aceptada no garantiza por sí solo una devolución proporcional del periodo utilizado; ello no limita los derechos por incumplimiento.

La compatibilidad debe valorarse conforme a los requisitos informados antes de la compra. No se negará una reclamación afirmando por primera vez un requisito oculto que no se comunicó. Si el usuario modifica por su cuenta componentes o utiliza archivos dañados, deberá distinguirse qué consecuencias son atribuibles a esa modificación y cuáles corresponden al programa.

Las expectativas no incluidas en la oferta, como una asesoría fiscal personalizada o una función inexistente claramente excluida, no se convierten en parte del contrato por inferencia. Sin embargo, la publicidad, demostraciones y descripciones del proveedor sí deben considerarse para determinar qué prometió y qué debía entregar.

3.10 Disputas ante el procesador y autoridades

Puede acudir al mecanismo de aclaración del medio de pago y a PROFECO sin tener que renunciar a la atención directa. El proveedor colaborará con la revisión de los cargos y evitará duplicar una devolución ya realizada. Esta política no condiciona el acceso a autoridades ni obliga a desistirse de una reclamación para atenderla.

La comunicación con el procesador no sustituye el contacto con el proveedor cuando la controversia versa sobre entrega o funcionamiento. El proveedor no exigirá cerrar una disputa antes de reconocer un error ya acreditado; las partes podrán coordinar el medio de solución para evitar abonos duplicados, dejando evidencia de lo convenido.

No se impondrá al consumidor una confidencialidad que le impida presentar pruebas a una autoridad competente o ejercer sus derechos. Los datos del caso deberán manejarse con confidencialidad y solo comunicarse a quienes legalmente deban intervenir en su resolución.

3.11 Prioridad de los derechos del consumidor

No se aplica una regla general de “sin cambios ni devoluciones” por tratarse de un producto digital. Los supuestos, excepciones y plazos se interpretan conforme a la legislación mexicana y a la oferta efectivamente contratada. Ninguna cláusula limita responsabilidades que legalmente no puedan excluirse ni obliga a aceptar nuevas condiciones para ejercer un derecho existente.

Esta política se interpreta junto con la oferta y los términos aceptados, prevaleciendo las disposiciones obligatorias. Los procedimientos aquí descritos facilitan la atención y no crean una instancia privada obligatoria que deba agotarse antes de acudir a PROFECO o a los tribunales competentes.

Las versiones futuras no se aplicarán retroactivamente para eliminar una devolución, promoción o condición que ya correspondía a la operación. El proveedor conservará la versión relevante de la política y los registros necesarios para aclarar cuál fue informada en el momento de contratar.